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Acumulación es un instrumento que nos proporciona el derecho registral, y puede ser de mucha utilidad para nuestras inversiones inmobiliarias. Bien se trata de acumular dos o más predios en una sola unidad inmobiliaria, esto sucede cuando los predios son colindantes y corresponde a un solo propietario, esto es indispensable de otra forma no procede la acumulación.

La acumulación es un acto que se realiza en los Registros Públicos y quien cierra una o más partidas registrales según sea el caso, para luego constituir una nueva partida registral donde estará acumulado los dos o más predios que se requiere acumular, de esta forma se da lugar a una nueva unidad inmobiliaria con su respectiva partida registral.

Este proceso puede ser muy útil para un proyecto inmobiliario donde se construirá un edificio en dos lotes, pues para cuestiones prácticas y de trámite se constituye una sola unidad inmobiliaria a través de la acumulación.

También es importante tener en cuenta, si tienes tres propiedades y necesita venderlas dentro del periodo anual, entonces estarías adquiriendo la condición de habitual, según la Ley del Impuesto a la Renta. Teniendo esta condición de habitual estarías obligado a tributar dentro de rentas de tercera categoría pagando un impuesto a la renta de hasta el 30%. Pero si realizas la acumulación serías propietario solamente de dos propiedades, pudiendo venderlas dentro del periodo anual sin caer en la condición de habitual.

Puedes ver aquí, https://scr.sunarp.gob.pe/acumulacion-de-predio-urbano/  los requisitos que SUNARP requiere para el proceso de acumulación.

Habitualidad, art. 4 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Acumulación, Reglamento del Registro de Predios de la SUNARP

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